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Oficiales de Protección de Datos

Taller Online sobre los controversial Oficiales de Protección de Datos, mayo 2023

Taller Online sobre Protección de Datos, para Oficiales de Protección de Datos (Bancos y Financieras)

Mediante Decreto Ejecutivo No. 285 del 28 de mayo de 2021 se reglamenta la Ley No. 81 del 26 de marzo de 2019 que establece lineamientos obligatorios para la Protección de Datos Personales.  El Acuerdo 1 de 2022 que regula la protección de datos en el sector bancario sugiere que las instituciones bancarias y financieras tengan en su estructura, Oficiales de Protección de Datos.

Los Datos Personales, son cualquier información relativa a las personas, que las identifique o las haga identificables.
Toda persona que tenga acceso al tratamiento de datos personales o participe en él tiene la obligación de mantener la confidencialidad.

Involucrados

Titular: Persona a la que se refieren los datos; Responsable del tratamiento de datos: Persona que toma las decisiones relacionadas con el tratamiento de datos; Custodio de la base de datos: Persona que actúa en nombre y por cuenta del responsable del tratamiento de datos y es responsable de la custodia de la base de datos.

Oficiales de Protección de Datos

Entidades públicas: será el funcionario designado para atender la unidad de enlace.
Entidades privadas: podrán designar a una persona para que se suscriba con el responsable del tratamiento o la custodia de los datos. En el caso de las entidades privadas, la designación no es obligatoria; no obstante, se tendrá en cuenta como criterio para la graduación de las sanciones.

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